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| Marcos Fernández, profesor de la Facultad de Ingeniería y Negocios de la Sede Concepción. |
“En consecuencia, plantea que el gobierno ha tomado la decisión de acelerar el esfuerzo para mejorar la calidad y la cobertura de la educación, tanto a nivel preescolar, escolar y superior. En ese contexto, entonces, el proyecto de ley propone medidas que apuntan a incrementar los recursos públicos, con el objeto de financiar los nuevos compromisos asumidos en materia de educación que benefician principalmente a los sectores vulnerables y a la clase media. El proyecto contiene, además, estímulos y fomento a la inversión respecto de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y otorga, asimismo, importantes alivios fiscales para la clase media”. (Parte del mensaje presidencial del 21 de mayo de 2012, con respecto a la ley 20.630, que nos convoca).
Históricamente, nuestra legislación tributaria no ha sido muy prolífica desde la perspectiva de conceder beneficios a las personas ni a las familias, más bien lo que se podía encontrar, hasta hace poco, era tan sólo el fomento de ciertas actividades, las que generaban beneficios para los que podían alcanzar a realizarlas económicamente. En tanto, los que ahorraban en el sistema financiero, ahorraban para su jubilación o bien compraban una casa con crédito hipotecario.
La reforma tributaria a la ley 20.630, del 27 de septiembre de 2012, generó un quiebre en el comportamiento observado hasta entonces, ya que concede beneficios sin esperar un cambio de conducta del contribuyente. El esquema anterior, en cambio, fomentaba el ahorro en diversas formas; sin embargo, era un beneficio que llegaba a los pocos que efectivamente contaban con la posibilidad de ahorrar. Con la nueva legislación, se mantienen los beneficios vigentes y se incrementan otros.
