Con el objetivo de analizar los diez años desde la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, y contribuir al debate que se ha generado en distintos puntos de la normativa, con miras a mejorar el sistema, el departamento de Derecho Procesal de UDLA, liderado por el abogado Julio Rojas, efectuó un encuentro denominado ¿El rol del querellante en el proceso penal y la propuesta de una defensoría para la víctima¿.
La actividad, que contó con la presencia de la Directora de la Escuela de Trabajo Social de UDLA, Nancy Fuentes, académicos de la sede Maipú, y alumnos del régimen vespertino de la Escuela de Derecho, tuvo como expositores al juez titular del quinto tribunal oral en lo penal, Danilo Báez, y al profesor de derecho procesal de UDLA, Ricardo Márquez. Julio Rojas, en tanto, fue el moderador de la cita.
Al respecto el abogado Danilo Báez señaló que en el actual proceso penal ha ocurrido ¿un cambio de paradigma¿, y que, sin embargo, aún no existe ningún estudio que evalué el rol del querellante y de la víctima.
A pesar de esto aseguró que hoy en día la victimas si pueden defenderse ante los delitos graves, pese a que la gente suele creer lo contrario, y que hoy en día detectamos ¿una sobre utilización de los acusadores del juicio oral¿.
¿El juicio oral se creó para los delitos más graves, pero ahora se ocupa siempre. Pretender que el juicio oral soluciona todo por regla general es una falacia. El aumento de este recurso genera una perversión no sólo de teoría, sino también en términos prácticos, ya que producen retrasos y no se cumple con la rapidez que pretendía la reforma¿, acotó Báez.
Ricardo Márquez, por su parte, señaló que desde el punto de vista procesal, y con el objeto de mantener una igualdad para los intervinientes en el proceso penal, se hace indispensable dotar a la víctima que carece de recursos de una asesoría jurídica procurada por el Estado. El argumento para esto sería la propia Constitución, que en su artículo 19, número tres, párrafos 2 y 3, establece esta garantía para todas las personas.
Por otra parte para el jurista no resulta adecuado separar la participación de un interviniente como es la víctima en el proceso penal, ya que el mismo juega un rol importante tratándose del control de decisiones judiciales y control respecto de la actuación del Ministerio Público, en especial porque dicha institución no defiende ni representa a las víctimas, sino que representa intereses estatales.
Mayo 27 de 2011.